Tipos de contratos

  •  Contrato abierto: en este tipo de contrato, el dueño vendedor contrata la cantidad de corredores de bienes raíces que quiera para mercadear su propiedad.  El dueño vendedor viene obligado a compensar sólo al corredor que logre la venta de dicha propiedad.  Bajo este contrato, el dueño vendedor se reserva el derecho de mercadear y vender su propiedad sin la intervención de ninguno de los corredores envueltos.
  •  Contrato semi-exclusivo: en este tipo de contrato, el dueño vendedor contrata a un solo corredor de bienes raíces para mercadear su propiedad por un período de tiempo determinado, pero se reserva el derecho de mercadearla y venderla él mismo.  En éste caso, el dueño vendedor compensará al corredor solamente si éste consigue el comprador.
  • Contrato exclusivo: en este tipo de contrato, el dueño vendedor contrata a un solo corredor de bienes raíces para mercadear y vender su propiedad por un período de tiempo determinado.  Bajo este contrato, el corredor de bienes raíces tiene el derecho de cobrar su comisión sin importar quien venda la propiedad, aunque sea el propio dueño vendedor quien consiga el comprador. 

Lai Realty tiene un contrato exclusivo especial lo cual hace que los dueños vendedores lo consideran atractivo, ya que bajo este contrato, el dueño vendedor contrata a un solo corredor de bienes raíces para mercadear y vender su propiedad por un período de tiempo determinado, pero a la vez, el dueño vendedor se reserva el derecho de conseguir el prospecto comprador.  Hay una diferencia entre éste contrato y el semi-exclusivo y es que en este contrato si el dueño vendedor consigue un comprador, éste lo va a referir al corredor de bienes raíces para continuar con la transacción hasta el cierre y se compensará al corredor de bienes raíces con una cantidad menor de porciento de compensación que se haya acordado entre ambos.

Aunque parezca que el contrato abierto es el más conveniente para el dueño vendedor, ya que piensa que tiene a varios corredores de bienes raíces mercadeando su propiedad a la misma vez, el contrato exclusivo ó exclusivo especial es el que mayores beneficios tiene para todas las partes.  Esto es así, porque es el único contrato que asegura el cobro de la comisión cuando se venda la propiedad.  El corredor que tiene una propiedad con un contrato exclusivo, puede invertir más tiempo y recursos para lograr la venta, y por lo general, ésta se logra en menos tiempo y al mejor precio.  

En los contratos abiertos y semi-exclusivos, el corredor limita la cantidad de recursos que invierte en el mercadeo de la propiedad debido a que nada le asegura el cobro de su comisión.  Además, en estos contratos el corredor compite directamente con su cliente vendedor para lograr la venta deseada.  Esto puede ser muy perjudicial para ambos, ya que la relación entre el corredor y su cliente debe ser de completa confianza y no de competencia.

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